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lunes, 15 de septiembre de 2025

ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM PROPUESTAS DE CONCESIÓN DEL PREMIO DE INSCRIPCIÓN GRATUITA DURANTE DOS AÑOS POR LA CALIDAD CIENTÍFICA DE LA COMUNICACIÓN EN EVENTOS MALACOLÓGICOS

 



ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM

PROPUESTAS DE CONCESIÓN DEL PREMIO DE INSCRIPCIÓN GRATUITA DURANTE DOS AÑOS POR LA CALIDAD CIENTÍFICA DE LA COMUNICACIÓN EN EVENTOS MALACOLÓGICOS

El artículo 13 de los Estatutos de la SEM establece que “las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general, a todos los actos propios de las finalidades de la Asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General”. Entre las facultades particulares de la Junta Directiva se encuentra la de “resolver sobre la admisión de nuevos asociados/as”. En los últimos años se ha acordado a través de la Asamblea General de la SEM, premiar con la concesión de una suscripción gratuita a la SEM durante dos años a estudiantes que asistan al World Congress of Malacology, lo cual se ha aplicado también en otros foros y congresos malacológicos en cuya organización ha participado la SEM. Dado que esta concesión se trata de una facultad de la Junta Directiva, pero en la elección de las personas premiadas participan otros órganos o personas, se requiere fijar unas bases sencillas y duraderas para que el acuerdo se pueda adoptar con arreglo a los Estatutos de la SEM. A tal efecto, la Junta Directiva de la SEM ha acordado fijar unos criterios para conceder el premio de inscripción gratuita durante dos años por la calidad científica de la comunicación en eventos malacológicos.

1º En el marco de congresos, seminarios y foros malacológicos en los que participe la SEM como entidad organizadora, siempre y cuando la SEM tenga representación de uno o más miembros integrados en el Comité Científico/Organizador de dichos eventos o bien haya miembros de la SEM en representación formal aparte, se podrá elegir a personas candidatas al premio de inscripción gratuita durante dos años por la calidad científica de su comunicación. Los dos únicos requisitos previos serán que la persona premiada esté inscrita en el evento malacológico en calidad de estudiante y que no sea socia de la SEM. Este premio se anunciará con la debida antelación a través de los canales de difusión de la SEM (blog y redes sociales) y/o de los que el propio evento malacológico disponga. Asimismo, se podrá recordar verbalmente al inicio del evento a través de los canales oficiales de su organización.

2º Los criterios de valoración para la elección de la comunicación premiada serán estrictamente científicos, basados en la calidad de su contenido y de su exposición. Además, la decisión de la elección de la persona premiada corresponderá exclusivamente a los miembros del Comité Científico/Organizador del congreso, seminario o foro malacológico o a los miembros de la SEM en representación formal aparte en dicho evento, cuyas deliberaciones tendrán carácter interno y no se harán públicas. Se podrán conceder dos premios por cada distinto evento malacológico, uno en la modalidad de comunicación de tipo oral y uno en la comunicación de tipo póster. Además, podrán quedar desiertos uno o ambos premios, si así lo estima la representación de la SEM competente.

3º El fallo para la concesión del premio deberá ser emitido por consenso del Comité Científico/Organizador del congreso, seminario o foro malacológico o por los miembros de la SEM en representación formal aparte. Asimismo, se hará público antes de finalizar el evento malacológico por un miembro de la SEM portavoz del mismo. A su vez, dicho portavoz lo transmitirá por correo electrónico a la Secretaría de la SEM para su conocimiento, de tal manera que se pueda certificar a la persona premiada y se pueda aplicar formalmente la inscripción gratuita durante dos años.

4º La Secretaría de la SEM comunicará a la Junta Directiva la identidad de cada persona premiada en un evento malacológico determinado con la inscripción gratuita durante dos años. Su aplicación se realizará de forma inmediata, por asentimiento de la Junta Directiva, toda vez que se hayan cumplido lo establecido en el presente acuerdo. A su vez, la Secretaría de la SEM comunicará a cada persona premiada su inscripción gratuita a la SEM durante dos años, mediante una certificación, para que conste a los efectos oportunos de acreditación del premio.

5º La inscripción gratuita durante dos años a la SEM a cada persona premiada conllevará la admisión de socio/a con los derechos y deberes establecidos en los Estatutos de la SEM. Transcurridos los dos años, esta inscripción decaerá automáticamente y la Secretaría de la SEM propondrá a la persona premiada que realice una solicitud convencional de socio/a para mantener su continuidad.

Madrid, 15 de septiembre de 2025.

La Junta Directiva de la SEM.

ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM PROPUESTAS DE CONCESIÓN DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA SEM


ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM

PROPUESTAS DE CONCESIÓN DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA SEM

La Junta Directiva de la SEM ha acordado fijar unos criterios para que este órgano de representación o cualquier persona socia proponga distinciones honoríficas a personas que se consideren merecedoras, al objeto de que sean dirigidas la Asamblea General Ordinaria de la SEM para la votación de su aprobación.

1º Previamente a la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria, la Junta Directiva valorará la elección de socios y/o de otras personas merecedoras de distinciones honoríficas de la SEM, para su deliberación y acuerdo de propuesta. Los socios de la SEM podrán dirigir a la Secretaría candidaturas motivadas que serán comunicadas a la Junta Directiva para su valoración.

2º Las propuestas de concesión de distinciones honoríficas de la SEM realizadas por la Junta Directiva serán acordadas a ser posible por unanimidad, dada la naturaleza que con carácter especial se propondría a la Asamblea General Ordinaria para la votación de su aprobación.

3º Una vez acordadas por la Junta Directiva, las propuestas de concesión de distinciones honoríficas de la SEM serán comunicadas a los interesados para su aceptación previa. En caso de no aceptación del interesado, no se elevará a la Asamblea General Ordinaria.

4º En la Asamblea General Ordinaria, siguiendo el orden del día en el punto de “Propuestas, aprobación (en su caso) y nombramientos de distinciones honoríficas”, se realizará una lectura de las propuestas de concesión, ya sean acordadas previamente por la Junta Directiva o presentadas por personas socias de la SEM en ese momento, para la votación de su aprobación. En caso de ser aprobadas, se concederán tales distinciones haciendo su entrega a cada interesado, ya sea en ese momento o bien con posterioridad en otro acto determinado a criterio de la Junta Directiva.

5º Tipos de distinciones honoríficas de la SEM:

  • Socios/as de honor de la SEM:

La figura de los “Socios/as de honor” se contempla en el artículo 23, letra d), de los Estatutos de la SEM.

Dentro de la Sociedad Española de Malacología existirán las siguientes clases de socios/as:

[…]

d) De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Sociedad Española de Malacología, se hagan acreedores a tal distinción.

El artículo 25 de los Estatutos, sobre los Derechos, establece que:

Los socios/as fundadores/as y numerarios/as tendrán los siguientes derechos:

[…]

d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos

[…]

Los socios/as de honor tendrán los mismos derechos que los fundadores/as y numerarios/as a excepción del que figura en el apartado de la letra d), pudiendo participar en las asambleas con voz, pero sin derecho de voto. Asimismo, estarán exentos del abono de las cuotas. Además, un socio/a de honor podrá ser nombrado con la distinción de Presidente/a Honorífico/a en atención a sus méritos en el desempeño del cargo de Presidente/a de la Sociedad Española de Malacología tras su baja en dicho cargo.

De acuerdo con lo anterior, es importante señalar que para ser “Socio/a de honor de la SEM” se requiere ser socio/a en activo de esta asociación científica.

Asimismo, se acuerda la entrega de la notificación de la distinción mediante un certificado, de un diploma acreditativo de la misma y de un obsequio grabado con su mención.

  • Mención honorífica de la SEM:

Es una figura cuya aprobación no se recoge en los Estatutos de la SEM, pero es posible concederla de conformidad con la letra i) del artículo 10, que recoge la facultad de la Asamblea General de: “Cualquier otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social”. De este modo, la Junta Directiva de la SEM acuerda crear esta distinción honorífica para proponer a la Asamblea General su concesión al objeto de reconocer a aquellas personas que han contribuido a la dignificación y desarrollo de la Sociedad o de sus fines, o han desarrollado una trayectoria malacológica relevante en materia de investigación, educación y/o divulgación científica, ya sean o no socias de la SEM.

Asimismo, se acuerda la entrega de la notificación de la distinción mediante un certificado y de un diploma acreditativo de la misma.

Madrid, 15 de septiembre de 2025.

La Junta Directiva de la SEM.