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lunes, 15 de septiembre de 2025

ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM PROPUESTAS DE CONCESIÓN DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA SEM


ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEM

PROPUESTAS DE CONCESIÓN DE DISTINCIONES HONORÍFICAS DE LA SEM

La Junta Directiva de la SEM ha acordado fijar unos criterios para que este órgano de representación o cualquier persona socia proponga distinciones honoríficas a personas que se consideren merecedoras, al objeto de que sean dirigidas la Asamblea General Ordinaria de la SEM para la votación de su aprobación.

1º Previamente a la convocatoria de la Asamblea General Ordinaria, la Junta Directiva valorará la elección de socios y/o de otras personas merecedoras de distinciones honoríficas de la SEM, para su deliberación y acuerdo de propuesta. Los socios de la SEM podrán dirigir a la Secretaría candidaturas motivadas que serán comunicadas a la Junta Directiva para su valoración.

2º Las propuestas de concesión de distinciones honoríficas de la SEM realizadas por la Junta Directiva serán acordadas a ser posible por unanimidad, dada la naturaleza que con carácter especial se propondría a la Asamblea General Ordinaria para la votación de su aprobación.

3º Una vez acordadas por la Junta Directiva, las propuestas de concesión de distinciones honoríficas de la SEM serán comunicadas a los interesados para su aceptación previa. En caso de no aceptación del interesado, no se elevará a la Asamblea General Ordinaria.

4º En la Asamblea General Ordinaria, siguiendo el orden del día en el punto de “Propuestas, aprobación (en su caso) y nombramientos de distinciones honoríficas”, se realizará una lectura de las propuestas de concesión, ya sean acordadas previamente por la Junta Directiva o presentadas por personas socias de la SEM en ese momento, para la votación de su aprobación. En caso de ser aprobadas, se concederán tales distinciones haciendo su entrega a cada interesado, ya sea en ese momento o bien con posterioridad en otro acto determinado a criterio de la Junta Directiva.

5º Tipos de distinciones honoríficas de la SEM:

  • Socios/as de honor de la SEM:

La figura de los “Socios/as de honor” se contempla en el artículo 23, letra d), de los Estatutos de la SEM.

Dentro de la Sociedad Española de Malacología existirán las siguientes clases de socios/as:

[…]

d) De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Sociedad Española de Malacología, se hagan acreedores a tal distinción.

El artículo 25 de los Estatutos, sobre los Derechos, establece que:

Los socios/as fundadores/as y numerarios/as tendrán los siguientes derechos:

[…]

d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos

[…]

Los socios/as de honor tendrán los mismos derechos que los fundadores/as y numerarios/as a excepción del que figura en el apartado de la letra d), pudiendo participar en las asambleas con voz, pero sin derecho de voto. Asimismo, estarán exentos del abono de las cuotas. Además, un socio/a de honor podrá ser nombrado con la distinción de Presidente/a Honorífico/a en atención a sus méritos en el desempeño del cargo de Presidente/a de la Sociedad Española de Malacología tras su baja en dicho cargo.

De acuerdo con lo anterior, es importante señalar que para ser “Socio/a de honor de la SEM” se requiere ser socio/a en activo de esta asociación científica.

Asimismo, se acuerda la entrega de la notificación de la distinción mediante un certificado, de un diploma acreditativo de la misma y de un obsequio grabado con su mención.

  • Mención honorífica de la SEM:

Es una figura cuya aprobación no se recoge en los Estatutos de la SEM, pero es posible concederla de conformidad con la letra i) del artículo 10, que recoge la facultad de la Asamblea General de: “Cualquier otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social”. De este modo, la Junta Directiva de la SEM acuerda crear esta distinción honorífica para proponer a la Asamblea General su concesión al objeto de reconocer a aquellas personas que han contribuido a la dignificación y desarrollo de la Sociedad o de sus fines, o han desarrollado una trayectoria malacológica relevante en materia de investigación, educación y/o divulgación científica, ya sean o no socias de la SEM.

Asimismo, se acuerda la entrega de la notificación de la distinción mediante un certificado y de un diploma acreditativo de la misma.

Madrid, 15 de septiembre de 2025.

La Junta Directiva de la SEM.

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